Auditar las cuentas de una compañía es un ejercicio de transparencia que, además, puede ayudar a mejorar la gestión y viabilidad del proyecto.
El artículo 263 de la Ley de Sociedades de Capital dispone que existe obligación legal de auditar las cuentas anuales si al cierre y durante dos ejercicios consecutivos, se cumplen al menos dos de las siguientes situaciones:
La obligación dejará de existir cuando durante dos ejercicios consecutivos no se superen dos de los límites anteriores.
También existe la obligación de auditar sus cuentas anuales para aquellas entidades que se enumeran en la disposición adicional primera de la Ley de Auditoría de Cuentas.
Además de lo anterior, existen situaciones en que las cuentas anuales deberán ser sometidas a auditoría cuando así lo soliciten los socios que representen al menos el 5% del capital social y lo soliciten dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio social (artículo 265.2º de la Ley de Sociedades de Capital) o cuando sea solicitado por quien acredite tener interés legítimo según lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Para el resto de casos en que sean sometidas las cuentas anuales a una auditoría, ésta tendrá el caracter de voluntaria, por lo que no tiene su origen en una obligación legal y suele ser acordada por los órganos de gobierno de la sociedad.
La realización de una auditoría de cuentas es un proceso dinámico que exige una comunicación fluida entre el auditor y los responsables de la sociedad que se audita, nuestro objetivo no se limita únicamente a la emisión de un informe en el que se expresa, o se deniega expresar, una opinión técnica sobre si las cuentas anuales reflejan la imagen fiel de la situación patrimonial, financiera y del resultado de la empresa; también buscamos comunicar los asceptos clave de la auditoría y el grado de eficacia del sistema de control interno implementado, de esta manera ayudamos al cliente a disponer de una información financiera con garantías, tomar decisiones empresariales estratégicas y prevenir futuros riesgos, como el de la insolvencia.
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